El presidente Gustavo Petro en diálogo con los líderes de Juntas de Acción Comunal de Duitama, Boyacá, anunció que asumirá el control en lo que tiene que ver con el manejo de los servicios públicos domiciliarios en el país.
En su intervención ante los delegados reunidos en el auditorio de la Cámara de Comercio de Duitama, el Jefe de Estado dijo: “Este Presidente ha decidido no delegar sus funciones en las comisiones de regulación de servicios públicos, al menos, por un tiempo. Entonces, voy a asumir el control, las políticas generales de administración de Colombia, directa y personalmente, en función de lo que la misma Ley dice: primero, el interés general y el del usuario”.
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“corresponde al Presidente de la República señalar con sujeción a la ley las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer, por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los prestan” añadió Petro.
Aseguró que el artículo 370 de la Constitución Nacional establece que le corresponde al presidente señalar las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la superintendencia de servicios públicos el control, inspección y vigilancia de las entidades que los prestan.
A su vez, el gobernante citó el contenido del artículo 68 de Ley 142 de 1994, cuyo texto dice:
“Delegación de funciones presidenciales a las Comisiones. El Presidente de la República señalará las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios, que le encomienda el artículo 370 de la Constitución Política, y de los demás a los que se refiere esta Ley, por medio de las comisiones de regulación de los servicios públicos, si decide delegarlas, en los términos de esta Ley. Las normas de esta Ley que se refieren a las comisiones de regulación se aplicarán si el Presidente resuelve delegar la función aludida; en caso contrario, el Presidente ejercerá las funciones que aquí se atribuyen a las comisiones”.
Además, Petro dijo que eso significa que es el Presidente y no otra entidad, quien por orden constitucional tiene la facultad de generar las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios.
Petro señaló que la norma argumenta que son las comisiones de regulación las que cumplen esas funciones, pero solo en caso de que el presidente decida delegarlas.
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La decisión se produce en momentos en los que se conoce que, pese a los anuncios del Gobierno de la rebaja en el precio de las tarifas de energía, nueve empresas reportaron alzas.
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En ese sentido, concluyó que “el Presidente de la República, por orden constitucional, tiene la facultad de generar las políticas generales de administración, de control y de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios, que son el agua, la luz”.
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EL TIEMPO