En Colombia, los integrantes de las Fuerzas Armadas no pueden sufragar. Al menos así lo dicta la Constitución Política de 1991. Conozca las razones que sustentan esta medida que impedirá a los militares eligir gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las Juntas Administradoras Locales (JAL) para el periodo 2024–2027.
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El artículo 219 de la carta magna…