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Procuraduría: Cargos contra alcalde de El Colegio Andrés López

Procuraduría: Cargos contra alcalde de El Colegio Andrés López

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*Procuraduría y alcalde de El Colegio, Cundinamarca. El mandatario habría nombrado de manera irregular al secretario de Gobierno, Iván Andrés Guzmán Vidal.

Las glosas al procedimiento del mandatario López Suárez fueron emitidas por los agentes del Ministerio Público en la Provincial de Instrucción de Fusagasugá.

Según parece, el Jefe de la Administración en ese municipio designó como miembro de su gabinete a Guzmán Vidal mientras éste de hallaba inhabilitado por haber sido Concejal de la misma población. Había ejercido esa posición hasta el 31 de diciembre último.

La decisión sobre la apertura de cargo contra el referido Alcalde fue dada a conocer este domingo, tras lo cual seguirá adelante el procedimiento que debe decidir si existió o no alguna irregularidad.

Procuraduría y el Alcalde de El Colegio

En ese marco y de acuerdo al mismo alegato, Iván Andrés Guzmán Vidal no podía ocupar ningún cargo en ese municipio durante el año siguiente a la culminación de su periodo como coadministrador.

Cargos al alcalde de El Colegio, Cundinamarca, por presuntas irregularidades en nombramiento y posesión del secretario de Gobierno” tituló la comunicación oficial del organismo de control.

Así, la P.G.N. formuló los señalamientos contra Diego Andrés López Suárez, mandatario de El Colegio, (periodo 2024-2027). Las observaciones se fundamentan en presuntas irregularidades relacionadas con el nombramiento y posesión de Iván Andrés Guzmán Vidal como integrante del Gabinete.

Según la Provincial de Instrucción de Fusagasugá, el 1 de enero de 2024, López Suárez habría designado a Guzmán Vidal en un cargo de libre nombramiento y remoción. Alega que ello no era posible a pesar de que éste había ejercido como concejal hasta el 31 de diciembre de 2023, incurriendo en una posible causal de incompatibilidad.

Más argumentos

También señala que, conforme a las normas, el designado Secretario de Gobierno “debía abstenerse de intervenir en actuaciones administrativas municipales durante los 12 meses posteriores al término de su periodo como concejal”. Así y ante esa omisión, el órgano de control decidió vincular a ambos funcionarios en el expediente disciplinario.

De manera provisional, la Entidad calificó la conducta como una “falta disciplinaria gravísima cometida a título de culpa gravísima”. Considera la Procuraduría que se habrían desconocido los principios fundamentales que rigen la función pública.

El proceso disciplinario busca esclarecer los hechos y determinar las posibles sanciones para los involucrados en caso de que se confirme su responsabilidad.

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Written by jucebo

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