Por: Paola Rada- Abogada
El Tribunal Administrativo del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina ha dado un paso trascendental en el proceso de Nulidad por Lesividad interpuesto por la Gobernación contra la Asociación Regional de Municipios del Caribe (AREMCA).
A través del Auto No. 0022 del 3 de marzo de 2025, el magistrado José María Mow Herrera ha determinado que se cumplen los requisitos procesales para dictar una sentencia anticipada, un mecanismo jurídico que permite resolver el caso sin necesidad de audiencia inicial cuando no es necesario practicar pruebas adicionales.
Este fallo podría sentar un precedente en la lucha por la transparencia y la correcta ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) en el Archipiélago, en un caso que ha despertado el interés de la ciudadanía y los órganos de control.
Antecedentes: Una designación que nunca debió ocurrir
El 5 de agosto de 2022, a través del Decreto 0449, la Gobernación de San Andrés, en cabeza del entonces gobernador Everth Hawkins Sjogreen, designó a AREMCA como ejecutor de los recursos del Sistema General de Regalías. Sin embargo, dicha designación carecía de legalidad, pues AREMCA no se encontraba inscrita en el Registro de Esquemas Asociativos Territoriales (REAT), un requisito esencial conforme al artículo 249 de la Ley 1955 de 2019 y el numeral 2 del artículo 1.2.1.2.6 del Decreto 1821 de 2020.
Desde entonces, la ejecución de estos proyectos ha estado plagada de irregularidades, deficiencias técnicas y retrasos, según lo evidenciado por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y la Procuraduría General de la Nación.
En octubre de 2024, la Gobernación presentó la demanda de nulidad por lesividad contra AREMCA, argumentando que la designación de esta entidad como ejecutor de los recursos vulneraba la normatividad vigente.
No obstante, el desarrollo del proceso ha dejado en evidencia una serie de actuaciones que parecen más orientadas a legalizar la actuación de AREMCA que a garantizar la transparencia en la contratación pública.

Uno de los episodios más polémicos de este proceso ocurrió en enero de 2025, cuando el comité de conciliación de la Gobernación, integrado por Charles Livingston Livingston (e), en su doble condición de Gobernador (e) y Secretario de Hacienda, el Secretario General, el Secretario de Gobierno y la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, aprobó una propuesta de AREMCA para terminar el proceso con una revocatoria directa del acto administrativo, bajo la condición de que se les volviera a designar como ejecutores de los recursos del SGR.
Esta maniobra, calificada como una burla al debido proceso y a la legalidad, fue rechazada por el Tribunal Administrativo, que mediante Auto No. 0011 del 27 de enero de 2025 improbó la propuesta de revocatoria directa y ordenó continuar con el trámite ordinario del proceso.
El Tribunal dejó claro que no se puede utilizar una conciliación extrajudicial para blanquear una decisión administrativa viciada de nulidad, lo que supone un revés para los intentos de la Gobernación de Gallardo por mantener a AREMCA en la ejecución de los recursos.
En la reciente decisión del Auto No. 0022, el Tribunal ha determinado que no es necesario practicar pruebas adicionales, pues todas las pruebas documentales fueron allegadas en la demanda y su contestación sin que se formulara tacha o desconocimiento sobre ellas.
Dado que AREMCA aceptó en su contestación de demanda que no estaba inscrita en el REAT al momento de ser designada como ejecutora, y que la controversia es un asunto de puro derecho, el Tribunal ha decidido aplicar la figura de la sentencia anticipada en los términos del artículo 182A de la Ley 1437 de 2011, adicionado por el artículo 42 de la Ley 2080 de 2021.
En consecuencia, se ha ordenado:
1. Fijar el litigio en torno a la legalidad del Decreto 0449 de 2022.
2. Correr traslado para alegar de conclusión, como paso previo a la sentencia.
3. Ingresar el expediente al despacho del magistrado ponente, para la emisión del fallo.
Esto significa que la anulación del Decreto 0449 podría resolverse en los próximos días o semanas, sin necesidad de audiencia, lo que representa un duro golpe para AREMCA y un triunfo para la transparencia y la vigilancia ciudadana.
Por otro lado, la administración de Nicolás Gallardo ha manifestado en medios de comunicación que, si el Tribunal anula el Decreto 0449, modificarán otro contrato estatal suspendido para continuar con las obras. Esto ha generado gran preocupación entre la ciudadanía, ya que podría implicar un uso indebido de la figura de adición contractual, en contravención a la Ley 80 de 1993 y los principios de transparencia y selección objetiva.
El caso AREMCA no solo ha revelado serias irregularidades en la contratación pública del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, sino que también ha puesto posibles maniobras que buscan eludir la legalidad y favorecer intereses particulares.
La inminente sentencia anticipada en este proceso representa una oportunidad histórica para fortalecer la institucionalidad y garantizar que los recursos públicos se manejen con transparencia, eficiencia y en beneficio de la comunidad.