Esto es lo que debe hacer para que los arrendadores no se laven las manos con algunas reparaciones.
Karen Ortega se fue a vivir en arriendo para mejorar su calidad de vida; sin embargo, se llevó una sorpresa desagradable, pues recientemente encontró una fuga de gas y le pidió a la inmobiliaria que la arreglara, pero hasta el sol de hoy esta se ha negado a responder.
Casos similares viven millones de personas en todo el país, por eso Q’HUBO habló con la arquitecta Carolina García y con Germán Molano, presidente del Colegio de Propiedad Horizontal, sobre qué hacer para que los arrendadores no se laven las manos con ciertos arreglos.
Las cuentas claras, chocolate espeso
La arquitecta Carolina García advierte que hay dos puntos claves a la hora de tomar un arriendo. El primero es tener muy claro el tipo de contrato, en especial por las cláusulas que exoneran de
responsabilidad a la inmobiliaria o al arrendador; y aunque parezcan abusivas, si se firman es porque se da a entender que las dos partes están de acuerdo, por lo que se deben cumplir.
“En la entrega de un apartamento hay que ver bien en detalle toda la infraestructura, revisar el estado de las paredes, pisos, techos, puertas, ventanas y, como en el caso de Karen, el buen funcionamiento de los servicios públicos y las acometidas de agua, luz y gas”.
¡Qué falla!
Germán Molano, presidente del Colegio de Propiedad Horizontal, señala que las fallas en los servicios públicos es un tema delicado en el que de por medio está la vida de los arrendatarios, por eso ante una fuga o falla se debe reportar en primer lugar a la empresa prestadora del servicio para que se proceda a la reparación del caso.
“Si el arrendador incurre en los gastos, debe guardar los comprobantes de pago, este dinero se puede descontar del canon de arriendo y servir como soporte en futuras reclamaciones”, agrega el experto en propiedad raíz.
¿Quién es el responsable de qué?
Ambos expertos coinciden en que se deben separar los daños locativos de los estructurales o de
instalaciones. En el primer grupo entra el desgaste de pintura, apertura de huecos o daños en baldosas, e incluso afectaciones en griferías o puertas durante el tiempo de ocupación del inquilino. Estos deben ser cubiertos por el arrendador y no se pueden descontar.
En el segundo grupo entran las grietas, o daños en la infraestructura del inmueble, los cuales deben ser asumidos por el arrendador, ya sea la inmobiliaria o una persona natural.
Chicharrón judicial
Frente a la denuncia que hizo Karen en Q’HUBO, Germán Molano agrega que las inmobiliarias están en la obligación de asumir los costos de la reparación.
En caso de pasar por una situación similar, “la recomendación es ir a la Secretaría de Hábitat para que todas las acciones queden registradas. La inmobiliaria será citada a dos conciliaciones, si no acude a ninguna o no cumple con lo pactado, se podrán iniciar acciones penales, por eso importan los soportes”, enfatizó el experto Molano.
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