Con algunos altibajos, el Gobierno Nacional avanza en su agenda de reformas.
Entre los proyectos que viene promoviendo, uno de los que logró salir bien librado en el Congreso antes de que acabara la legislatura fue la reforma laboral. La iniciativa pasó su primer debate en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, por lo que continuará su trámite en el siguiente periodo.
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No obstante, desde el Ministerio de Trabajo se estaría buscando avanzar con lo que propone la iniciativa mediante la emisión de algunos decretos, cuyos borradores ya fueron redactados. Estos tendrían relación con cambios en materia de derechos colectivos e individuales.
En lo asociado con los derechos individuales, los borradores establecen los límites a la tercerización laboral en el sector privado. Además de las normas sobre funcionamiento de los Comités de Convivencia en el sector público y privado para prevenir conductas de violencia y acoso en el trabajo.
En el caso de este último, el decreto asociado a esos ajustes reemplazaría al artículo 88 de la reforma laboral que estipulaba funciones de las autoridades.
Del otro lado, se incluyen algunas modificaciones asociadas a los derechos colectivos. Estas incluyen la negociación colectiva unificada (pliego único, mesa única, comisión negociadora única y único acuerdo).
Con lo anterior, se reemplazaría el artículo 78 de la reforma que buscaba la garantía del derecho a la negociación colectiva, y los artículos 82 del derecho a la huelga y el 84 de los requisitos de la huelga contractual.
Los ajustes en esta materia también incluyen una modernización del Decreto 017 de 2016 para facilitar el funcionamiento de los Tribunales de Arbitraje.
Además, se definen las disposiciones para modernizar el derecho de huelga, incluyendo el procedimiento para establecer servicios mínimos en casos de huelga en servicios públicos esenciales, como lo ha ordenado la Corte Constitucional y lo establecen estándares internacionales.
Por otro lado, los borradores contemplan la negociación unificada con la que se dictan otras disposiciones para organizar los procesos de negociación colectiva en el sector privado. Con este decreto se buscaría incluir también el que estaba como artículo 74 en la reforma y determinaba la retención de cuotas sindicales.
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Los cambios que llegarían
Uno de los aspectos que más se destaca tiene relación con el decreto que organiza los procesos de negociación colectiva en el sector privado. Con estas disposiciones, se buscaría dotar a los trabajadores de instrumentos para redistribuir riqueza y combatir la desigualdad a través de la negociación colectiva y participar de las decisiones que les afectan.
Otro punto que llama la atención es el cambio que se busca en la tercerización laboral, puesto que con la normativa correspondiente se adicionarían definiciones como la de contratistas y subcontratistas. A esto se le suma que, con su puesta en marcha, las empresas, entidades u organizaciones que participen en prácticas de este tipo de manera ilegal serán sancionadas por la inspección del trabajo con multas sucesivas.
En el caso de la negociación colectiva unificada, se dictan normas relacionadas con la fijación de los servicios mínimos durante las huelgas sobre servicios esenciales, para que cuando estos trabajadores estén en huelga no se vean afectados los servicios.
Por otro lado, respecto a la modernización de las huelgas, con la expedición del decreto se buscaría habilitar al trabajador no sindicalizado a renunciar a los beneficios de la convención colectiva del trabajo y así, por ejemplo, no pagar la cuota sindical al sindicato titular de dicha convención colectiva.
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*Con información de EL TIEMPO – ECONOMÍA