La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ordenó la toma de posesión de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal EICE ESP (EAAAY EICE ESP), ante la crítica situación técnica, operativa, financiera y administrativa que ponen en riesgo la prestación de los servicios a su cargo, la ejecución de inversiones y el pago de sus obligaciones mercantiles.
La empresa tiene ineficiencias administrativas, financieras y operacionales; y sus ingresos son insuficientes para cubrir sus costos y la ejecución de inversiones.
La Superservicios en cabeza del superintendente delegado (e) para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, Hugo Guanumen y la directora de Entidades Intervenidas y en liquidación, Ingrid Paola Prieto, en Yopal, indicaron: “La toma de posesión de la EAAAY es una acción de carácter administrativo que busca proteger los derechos de los usuarios y usuarias de estos servicios en la capital de Casanare, ante las dificultades que presenta la empresa. Esto lo hacemos por el bien de la ciudadanía de Yopal, tanto trabajadores como ciudadanos, que son el centro del ejercicio de la democracia en Colombia. Que sus derechos se respeten, entre ellos sus derechos de acceso al agua, aseo y alcantarillado con calidad y continuidad. Queremos que los yopaleños tengan una vida digna”.
Entre las situaciones evidenciadas por la Superservicios en la EAAAY EICE ESP, que hacen parte de las causales de intervención definidas en los numerales 59.1 y 59.7 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994, se encuentran:
· La no ejecución de $11.345 millones en las inversiones definidas en el Plan de Obras e Inversiones Regulado (POIR) para reposición, rehabilitación de redes de acueducto para la gestión de pérdidas y de alcantarillado, lo que está comprometiendo la prestación eficiente de los servicios. Por lo demás, el acelerado crecimiento poblacional de Yopal tiene el potencial de exacerbar la criticidad de la situación.
· Incumplimiento en el indicador de pérdidas. Luego de la entrada en operación de la planta definitiva de tratamiento de agua potable en marzo de 2022, las pérdidas pasaron de 12,81 m3 /suscriptor/mes en el primer semestre de 2022 a 14,77 en m3 /suscriptor/mes para el segundo semestre del mismo año.
· La empresa registró pérdidas operativas anuales desde 2018 hasta 2022. En el primer año, los resultados negativos alcanzaron los $ 2.651 millones sobre los ingresos netos, y se mantuvo el déficit para los años siguientes. Para el 2022 las pérdidas operativas fueron de $ 1.779 millones.
· Aumento de la cartera vencida hasta alcanzar en 2022 el 71 % de la cartera total.
· Incumplimiento del 24,8 % del Acuerdo de Gestión suscrito con la superintendencia en 2018.
· Riesgo de suspensión del pago de sus obligaciones mercantiles.
Ante el personal de la empresa, el superintendente delegado manifestó que, el compromiso del Gobierno Nacional es recuperar la empresa para proteger al usuario, cuidar lo público y evitar la liquidación de la empresa.
Guanumen señaló ante los medios de comunicación: “Llegamos aquí con un objetivo fundamental y es fortalecer la empresa, lograr salvarla, evitar que las empresas se vuelvan cajas menores de las administraciones, debemos concretar un esquema para que los recursos que pagan los usuarios por la tarifa se destinen a la inversión que requiere la empresa. Es una empresa que se puede autosostener, tenemos dos meses para hacer un diagnóstico y determinar cuál será la modalidad de intervención a futuro”.
Como agente especial de este proceso de intervención, la Superservicios designó a Judhy Stella Velásquez Herrera, abogada y economista, quien se desempeñaba como asesora del Fondo Empresarial de la Superservicios. “Vengo exclusivamente a trabajar con todos los empleados para hacer ese diagnóstico que le permitirá a la Superservicios tomar medidas y poder salvar la empresa. Este Gobierno solo quiere fortalecer lo público y esta empresa es pública. Vamos a trabajar para lograr el objetivo y que Yopal siga adelante con su empresa que es de todos los yopaleños”.
La toma de posesión se formalizó mediante Resolución con previo concepto favorable de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).
Fuente: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios