Minutos después de que el Banco de la República anunciara un nuevo incremento en la tasa de interés, la cual se ubica en 13,25 %, la Superintendencia Financiera de Colombia fijó la tasa de usura, que para mayo tendrá una disminución de 168 puntos básicos (1,68 %) con respecto al período anterior.
(Banco de la República incrementó la tasa de interés a 13,25%).
Para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, la tasa de usura se situará en 45,41 % efectivo anual.
Para los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (Artículo 305), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.
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