La Superintendencia Financiera expidió este viernes 30 de agosto la Resolución 1688 de 2024 por medio de la cual fija y certifica el tope de Interés Bancario Corriente para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, crédito productivo de mayor monto, crédito productivo rural, crédito productivo urbano, crédito popular productivo rural y crédito popular productivo urbano.
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Crédito de consumo y ordinario
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 2 de agosto al 23 de agosto de 2024, se certifica en 19,23% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 30 de septiembre de 2024.
La nueva certificación representa una disminución de 24 puntos básicos (-0,24%) frente a la vigente en agosto de 2024 (19,47%).
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Crédito productivo
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 2 de agosto al 23 de agosto de 2024, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:
-Crédito productivo de mayor monto: 26,69%.
-Crédito productivo rural: 17,04%.
-Crédito productivo urbano: 34,63%.
-Crédito popular productivo rural: 49,70%.
-Crédito popular productivo urbano: 57,84%.
Interés bancario corriente
El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).
-Crédito de consumo y ordinario: 28,85%.
-Crédito productivo de mayor monto: 40,04%.
-Crédito productivo rural: 25,56%.
-Crédito productivo urbano: 51,95%.
-Crédito popular productivo rural: 74,55%.
-Crédito popular productivo urbano: 86,76%.
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