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Tatequieto a peleas por bienes en divorcios

Tatequieto a peleas por bienes en divorcios

En medio de lo difícil que puede resultar una separación, una de las discusiones inevitables tiene que ver con quien se queda con la casa, el carro o cualquier otro bien.

Pues bien, la Corte Suprema de Justicia, en una reciente fallo, le puso límites concretos a este tema que, por obvias razones, levanta ampolla. Y es que desde hace años hay matrimonios que, a pesar de no tramitar legalmente un divorcio, llegan a su final y cada quien hace por su cuenta una nueva vida, lo que en el futuro se puede convertir en un verdadero dolor de cabeza.

Tras dos años de separación, así no haya un divorcio formal, la Corte considera que ya no existe una unión marital.

Ese fue el caso de Ernesto Monsalve, que desde 1980 dejó de vivir con su entonces esposa, Fanny Peña, y ella apareció años después para reclamar parte del dinero de una casa que él compró y vendió entre 1985 y 1988.

Con el reciente fallo, la mujer quedó viendo un chispero y, de paso, la Corte sentó las bases para afrontar en el futuro litigios similares.

Cuando el amor se acaba…

Algo que llamó mucho la atención en esta decisión es que la Corte Suprema de Justicia hizo un llamado a “aplicar la justicia real por encima de la justicia formal”, pues en medio de esta
denuncia se encontró una diferencia entre lo que ellos llaman una separación de hecho de un divorcio judicial.

27 años duró casada la pareja que hoy genera debate.

En efecto, aunque Ernesto Monsalve y Fanny Peña dejaron de convivir en 1980, solo fue hasta 2001 que tramitaron su divorcio ante la ley, y por eso la mujer alegaba que legalmente estuvieron casados y eso le daría derecho a la mitad de los bienes de su esposo.

La jugadita no solo no salió adelante, sino que el organismo judicial definió en qué momento nacen esos derechos a nivel matrimonial, eso es cuando hay una unión civil o religiosa, y también cuando hay una unión marital de hecho; es decir, cuando dos personas comparten la misma casa, la misma cama y comida.

Igualmente, aclaró que estos derechos de sociedades se acaban cuando se da “el divorcio o la muerte de uno de sus consortes, pero también hay casos de parejas que siguen casadas pero ya no viven bajo el mismo techo”, y es en ese último caso en donde los jueces más se basan para determinar si la pareja se separó definitivamente o no.

Fue tan contundente el pronunciamiento de la Corte, que les pide a los jueces evaluar bien de ahora en adelante los reclamos para evitar que se favorezca la inequidad y el enriquecimiento sin causa.

Así las cosas, ahora estará en manos de los jueces definir cuándo hay una sociedad con patrimonio y cuándo los bienes son de un
antiguo matrimonio, o cuándo pertenecen a una sola persona y cuándo entran a ser de una unión marital.

La decisión armó un debate

Para la abogada Alexandra Ariza, asesora jurídica experta en acciones constitucionales y de familia, la decisión que tomó la Corte Suprema es contraria a la actual normatividad, en donde se ignora que hay una estructura jurídica para las uniones
maritales y para el matrimonio.

“La decisiónde la Corte y el argumento para tal decisión, que es cuestionable, parte de un derecho declarativo (actos por los que la autoridad evidencia que existe determinada situación jurídica), de modo que determina que cuando se dejan de cumplir los dos años de convivencia, ya no existe una unión conyugal”.

Agrega que, según la Constitución, para que un matrimonio tenga validez judicial se soporta en un documento público, justo
allí radica la diferencia de cuál trámite se debe ejecutar en cada caso.

Frente a la unión marital de hecho, dice que “lo correcto es
iniciar un proceso para que a partir de una declaración se disuelva el vínculo, y en el matrimonio se debe tramitar la liquidación de la sociedad matrimonial, que incluye la separación de bienes”.

Etiquetas:

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Written by jucebo

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