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Tenga en cuenta: impuestos que debe pagar en el segundo semestre

Impuestos en Colombia

Con el inicio del segundo semestre del año también se acercan los plazos para que las personas naturales y jurídicas cumplan con sus obligaciones tributarias.

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Para que estos pagos no lo tomen por sorpresa, aquí le contamos cuáles son los impuestos establecidos para este periodo en el calendario tributario.

La Dian indica que las personas que cuenten con un patrimonio líquido igual o superior a las 72.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) se encuentran obligados a declarar este impuesto.

Sin embargo, es importante recordar que la puesta en marcha de la reforma tributaria trajo consigo algunas novedades con relación al pago de este tributo, cuya tarifa puede variar según el valor de los activos reportados.

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Desde las 72.000 UVT aplica una tarifa de 0,5 %, entre las 122.000 y 239.000 UVT la tasa se ubica en 1 %, y desde las 239.000 UVT habrá una tarifa de 1,5 %. A partir de 2027, los patrimonios líquidos superiores a 122.000 UVT estarán gravados a la tarifa del 1%.

Recuerde que para este 2023, dependiendo del último dígito del número de identificación tributario (NIT), la primera cuota debió cancelarse entre el 9 y 23 de mayo. La segunda está establecida para que se realice el pago entre el 7 y el 20 de septiembre.

Impuestos en Colombia.

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En este periodo también se vence el plazo para que las personas naturales declaren y paguen impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2022.

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Teniendo en cuenta los últimos dígitos del NIT, los plazos establecidos para cumplir con esta obligación van desde el 09 de agosto hasta el 19 de octubre del 2023.

Estarán obligadas a llevar a cabo este proceso aquellas personas que cumplan con una de las siguientes condiciones:

● Contar con un patrimonio bruto que el último día del año 2022 supere 4.500 UVT ($171.018.000).

● Ingresos brutos del ejercicio gravable superiores a 1.400 UVT ($53.206.000).

● Consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($53.206.000).

● Compras y consumos superiores a 1.400 UVT ($53.206.000)

● Consignaciones bancarias acumuladas superiores a 1.400 UVT ($53.206.000).

Declaración anual de activos en el exterior

Los plazos para llevar a cabo esta obligación están determinados según el tipo de declarante y el último o dos últimos dígitos del NIT.

Cabe recordar que este pago sólo será aplicable cuando el valor patrimonial de los activos del exterior poseídos a 1 de enero de 2023 sea superior a 2.000 UVT ($84.824.000).

En el caso de las personas naturales los vencimientos están fijados entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023.

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Impuesto sobre las ventas – IVA

Los contribuyentes, incluyendo personas naturales y jurídicas, que cuenten con ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2022 inferiores a 92.000 UVT deberán realizar el pago de este tributo de manera bimestral, nuevamente, teniendo en cuenta el último número del NIT.

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Teniendo eso en cuenta, estas son las fechas de vencimiento que quedan:

• Julio – agosto: del 7 al 20 de septiembre de 2023.

• Septiembre – octubre: del 8 al 22 de noviembre de 2023.

• Noviembre – diciembre: del 10 al 23 de enero de 2024.

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Written by jucebo

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