En un fallo reciente de la Corte Constitucional se recordó que los procedimientos estéticos con fines funcionales para el usuario o con fines reconstructivos están cubiertos por el sistema de salud y que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) están obligadas a cubrirlos.
Al estudiar un caso, en el que una mujer sufría flacidez cutánea al presentar obesidad mórbida, los magistrados del Alto Tribunal determinaron que las cirugías pueden ser solicitadas a las EPS cuando se cuente…