Empresas Públicas de Cundinamarca EPC dio inicio al programa Más Agua Potable, en desarrollo del cual, con una inversión superior a los $880millones, se construirán 25 plantas de tratamiento de agua potable en sectores rurales del Departamento.
Una iniciativa concebida para disminuir la brecha entre lo urbano y rural, en lo referente al acceso a servicios de agua potable; y fortalecer los sistemas de acueducto rural; y disminuye los índices de enfermedades relacionadas con el consumo de agua cruda.
Los interesados en postular a sus acueductos en esta convocatoria, que estará abierta hasta el 15 de noviembre, podrán encontrar toda la información en www.epc.com.co
El programa comprende cuatro etapas:
Etapa de diagnóstico: evaluación del estado del acueducto que incluye el análisis de los estudios de hidrología, concesión de aguas, permisos de captación, balances hidráulicos, censo de usuarios, calidad del agua, demanda, caudales de diseño, cobertura, continuidad y eficiencia de cada acueducto.
Etapa de diseño: diseño de una Planta de Tratamiento de Agua Potable Compacta. Su caudal dependerá del cálculo de caudales arrojado en el diseño realizado y de la población a beneficiar.
Etapa de viabilidad: presentación ante el mecanismo departamental de evaluación de proyectos para posteriormente tener un concepto técnico favorable y continuar con la asignación de recursos por parte del Comité Directivo del Plan Departamental de Aguas.
Etapa de construcción: luego de estar viabilizado y con los recursos asignados, inicia el proceso de contratación de la obra y de la interventoría.
Requisitos:
- Formulario de inscripción: (Descargar en www.ep.com.co)
- Formato – modelo de carta Intención: (Descargar en www.ep.com.co)
- Certificado de tradición y libertad del predio con fecha de expedición no mayor 30 días, donde se acredite que la propiedad está registrada a nombre de la Junta de Acción Comunal y/o asociación y/o acueducto veredal y/o operador y/o municipio, la cual no puede estar hipotecada ni embargado.
- Acto administrativo que acredite la posesión por la Junta de Acción Comunal y/o Asociación y/o acueducto veredal y/o operador y/o municipio, como lo estipula la ley 2140 de 2021.
- Copia de la resolución emitida por la autoridad ambiental competente (ejemplo: CAR) por la cual se otorga una concesión de aguas superficiales, cuyo caudal debe ser mayor a un litro por segundo [1 l/s] y hasta un máximo de 10 litros por segundo [10 l/s]
- Certificado de existencia y representación legal y resolución de reconocimiento del comité empresarial y/o de acueducto para Junta de Acción Comunal expedido por IDACO con una antelación no superior a 30 días.
- Estructura tarifaria (certificada por el tesorero(a) y representante legal de la Junta administradora de acueducto y/o Junta de Acción comunal y/o asociación de usuarios y/o municipio, donde se especifique la tarifa acordada pagar por cada uno de los suscriptores.
- Balance económico a fecha 31/12/2020 (opcional).
- Rut (registro único tributario) de la Junta de Acción Comunal y/o asociación de usuarios y/o municipio (el postulante deberá presentar este documento con vigencia 2018 con el código de actividad (CIUU) No 3600).
- Cámara de Comercio (certificado de existencia y representación legal), (no mayor a 30 días de expedición y cuyo código de actividad económica sean No 3600).
- Estatutos de la junta de acción comunal y/o asociación y/o acueducto veredal y/o operador y/o municipio.
- Certificado de planeación, donde se conste que el predio postulado no se encuentra en zona de alto riesgo.
- Fotocopia ampliada de la cédula de ciudadanía del representante legal de la junta de acción comunal y/o asociación y/o acueducto veredal y/o municipio.
Los documentos deben ser radicados en las instalaciones de Empresas Públicas de Cundinamarca, calle 24 # 51-40 Bogotá- Piso 11, en el horario de 8:00 a.m. a 4: 30 pm.
Fuente: Gobernación de Cundinamarca