Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, el Juzgado 6 Penal Municipal de Medellín, con funciones de control de garantías, impuso medida de aseguramiento en centro carcelario en contra de Alexander Berrío Londoño, alias Pochis, como presunto responsable de la muerte de Alexander Villada Villada.
Los hechos investigados ocurrieron en la mañana del pasado 31 de marzo, en la vereda Florida del corregimiento de San Antonio de Prado de Medellín (Antioquia). Según la información obtenida por funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), la víctima salió a caminar y momentos después se escucharon unas detonaciones; cuando la compañera sentimental salió a verificar encontró a su pareja herida en el suelo, cerca de su casa. El hombre fue llevado a un centro asistencial y allí falleció.
Berrío Londoño fue capturado en un operativo de allanamiento y registro realizado por el CTI, con el apoyo del Ejército Nacional, en una vivienda del barrio Pilsen del municipio de Itagüí, donde se le incautaron una empuñadura antihuellas para revólver, 8 cartuchos calibre 38 mm, 76.2 gramos de marihuana, una gramera digital, un empacador de sustancias alucinógenas, una libreta, una bicicleta y un celular.
El procesado, presunto integrante del GDCO Barichara, no aceptó los cargos imputados por los delitos de homicidio agravado, porte ilegal de armas de fuego y tráfico de estupefacientes.
La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.
NAMT/AL/MG
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.