Consultan los lectores: “¿Puede el administrador provisional de una propiedad horizontal, cobrar la cuota de administración, sin haberla consultado antes?”
Respuesta
La administración provisional se realiza por el propietario inicial antes de que se reúna la primera asamblea de propietarios y, por tanto, el consejo de administración. Una de sus principales se relaciona con la elaboración del presupuesto provisional y el cobro de las cuotas a los propietarios que vayan recibiendo…