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Cuánto debe pagar de cuota alimentaria por hijo en Colombia, según su salario

Manutención

La Ley 1098 de 2006, el cual rige el Código de Infancia y Adolescencia, es la que estipula el valor de la cuota alimentaria en Colombia.

Dicha reglamentación busca asegurar el bienestar de los menores de edad durante su crecimiento, dándoles garantías para que los padres provean su sustento económico necesario. Allí también se incluye el sustento de fondos para cubrir gastos como la alimentación y demás artículos para su desarrollo y bienestar.

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Val la pena acotar que la cuota asignada al padre o madre responsable de la manutención del menor puede variar según varios factores, tales como sus ingresos mensuales, la edad del menor, entre otros parámetros, eso sí, ateniéndose a que estas pueden cambiar en el futuro, por lo que es importante estar pendiente de cualquier ajuste en la regulación concerniente.

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Manutención.

Andrea Moreno. EL TIEMPO

Valor de la cuota en 2024

Los responsables de establecer la cuota alimentaria que un padre debe dar son los juzgados de familia, basándose, eso sí, en el Código de Infancia y Adolescencia.

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Si bien no hay una cuota instaurada, se asumirá como si el padre o madre tuviera un ingreso de, al menos, un salario mínimo legal. Comenzando de allí, y ajustándose según la capacidad de los padres para contribuir en mayor medida.

Entre los factores que se consideran para establecer la cuota, se tienen en cuneta los ingresos de los padres, la edad del niño y cualquier necesidad especial que pueda tener el menor. Esta cuota alimentaria incrementará anualmente a medida que el Gobierno decrete el incremento del salario mínimo.

Cuota alimentaria

Cuota alimentaria

iStock

¿Cómo se calcula su valor?

Según explica el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), el monto dependerá de cada caso en particular, pues en la ley colombiana no hay una fórmula que defina la cuantía de esta obligación. No obstante, se puede calcular según los siguientes parámetros:

– Las obligaciones alimentarias del progenitor o progenitora con otras personas a quienes por ley también les debe alimentos (otros hijos, cónyuge, padres, entre otros).

– El límite máximo de la cuota de alimentos es del 50 % del salario del padre o la madre.

– La capacidad económica del progenitor o progenitora obligado (a) dar alimentos.

– Las necesidades reales, sociales y económicas del niño, niña o adolescente.

– Si el obligado a suministrar alimentos no labora o sus ingresos son insuficientes, el cálculo de la cuota de alimentos se determina sobre un salario mínimo legal vigente.

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Written by jucebo

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