En resumen
- Una cuota extraordinaria en propiedad horizontal solo es exigible si la Asamblea de copropietarios la aprueba cumpliendo la Ley 675 de 2001, el reglamento, la convocatoria, el quórum y las mayorías previstas.
- Mientras la decisión de la Asamblea esté vigente y no haya sido suspendida ni anulada, obliga a todos los propietarios, incluidos quienes votaron en contra o no asistieron.
- Las decisiones de la Asamblea que desconozcan la Ley 675 de 2001 o excedan sus competencias pueden impugnarse judicialmente.
- En el caso consultado se afirma el pago de $18.000.000 a un profesional contratado, con otro saldo pendiente.
- Los recursos de una copropiedad no deberían consignarse en una cuenta personal del administrador.
La abogada Nora Pabón Gómez resolvió el 12 de septiembre de 2026 dos consultas sobre cuotas extraordinarias en conjuntos residenciales de Colombia: cuándo una asamblea puede aprobarlas, qué ocurre si el proyecto que financian fracasa y en qué casos un propietario puede negarse a pagarlas.
¿Cuándo es legal una cuota extraordinaria en un conjunto residencial?
Una cuota extraordinaria es exigible cuando la Asamblea de copropietarios la aprueba cumpliendo la Ley 675 de 2001, el reglamento de propiedad horizontal, la convocatoria, el quórum y las mayorías previstas. Mientras la decisión esté vigente y no haya sido suspendida ni anulada, obliga a todos los propietarios, incluidos quienes votaron en contra o no asistieron a la reunión.
¿Qué pasa si la aprobación fue irregular?
Si la Asamblea adoptó la cuota desconociendo la Ley 675 de 2001, el reglamento, las mayorías o los procedimientos exigidos, o si excedió sus competencias, la decisión puede impugnarse judicialmente dentro de los términos que establece la ley. Pabón separa dos asuntos que suelen confundirse: la viabilidad jurídica del proyecto y la validez de la cuota con el manejo de esos recursos.
¿Qué pasa si el proyecto de unificación fracasa o es dudoso?
El caso consultado es el de un propietario de apartamento que pregunta si la administración puede exigirle una cuota extraordinaria aprobada por la Asamblea para financiar la unificación de dos torres de su copropiedad con otro conjunto, pese a las dudas sobre la legalidad del proceso, la contratación y el pago del abogado y la forma de recaudo.
Pabón responde que desligar dos torres de una copropiedad para incorporarlas jurídicamente a otra no es un trámite administrativo, sino una modificación estructural de los reglamentos de propiedad horizontal. Con dos copropiedades involucradas, el proceso no puede adelantarse de forma unilateral: exige revisar títulos de propiedad, reglamentos vigentes, antecedentes jurídicos, licencias y planos, y contar con la aprobación de los propietarios del otro conjunto. La abogada recomienda asesoría jurídica especializada en propiedad horizontal.
¿Cómo deben manejarse los recursos de la cuota extraordinaria?
Los recursos de una copropiedad no deberían consignarse en una cuenta personal del administrador. Pabón indica que deben manejarse con transparencia, trazabilidad y soportes contables, y que los propietarios tienen derecho a conocer la información y la documentación de la contratación hecha con cargo a esos dineros. Otros fondos de destinación específica en Colombia se cuentan por cientos de miles de millones, como los 218.230 millones de pesos que las empresas movilizaron para el terremoto.
En el caso consultado, el propietario afirma que ya se pagaron $18.000.000 al profesional contratado y que existe otro saldo pendiente. Para Pabón, la administración debe poder acreditar el contrato, el objeto del servicio, los honorarios pactados, los pagos realizados y las gestiones adelantadas.
¿Puede la administración negar el paz y salvo?
Pabón diferencia una cuota irregular de una obligación que jurídicamente no sea exigible. Si la cuota extraordinaria fue válidamente aprobada, puede constituir una obligación a cargo del propietario y el administrador no expediría el paz y salvo. Si existen razones jurídicas para considerar que la decisión es inválida o que la cuota no puede cobrarse, el propietario debe acudir a los mecanismos legales para controvertirla.
La recomendación de la abogada es solicitar formalmente a la administración la documentación del proceso de modificación de reglamentos y la relacionada con la aprobación, contratación, recaudo y uso de los recursos. En el plano fiscal, Fitch proyecta que el déficit de Colombia llegaría a 9,4% del PIB en 2027.
Preguntas frecuentes
¿Pueden cobrarme una cuota extraordinaria si voté en contra en la asamblea?
Sí. Mientras la decisión de la Asamblea esté vigente y no haya sido suspendida ni anulada, la cuota obliga a todos los propietarios, incluidos quienes votaron en contra o no asistieron a la reunión.
¿La administración puede negar el paz y salvo por una cuota extraordinaria?
Si la cuota fue válidamente aprobada, constituye una obligación a cargo del propietario y el administrador no expediría el paz y salvo. Si hay razones jurídicas para considerarla inválida o no exigible, el propietario debe acudir a los mecanismos legales para controvertirla.
¿Dónde deben consignarse los recursos de una cuota extraordinaria de la copropiedad?
No en una cuenta personal del administrador. Según la abogada Nora Pabón Gómez, los recursos de la propiedad horizontal deben manejarse con transparencia, trazabilidad y soportes contables.
¿Qué hacer si hay dudas sobre la legalidad de la cuota y la contratación?
Solicitar formalmente a la administración la documentación de la convocatoria, el acta, el quórum, las mayorías, la contratación y el uso de los recursos, y evaluar una impugnación judicial dentro de los términos de ley.
Con información de El Tiempo.
Imagen de referencia, no corresponde a los hechos narrados. Apartment Windows — Matt Bango / Wikimedia Commons (CC0 1.0)