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Ordenan suspender pago total de prima a funcionarios en Timaná

Ordenan suspender pago total de prima a funcionarios en Timaná

Una medida cautelar emitida por el Juzgado Primero Administrativo de Neiva, suspende de manera provisional el pago de del 100 por ciento de la prima a funcionarios de la alcaldía de Timaná, incluyendo al alcalde Marco Adrián Artunduaga. Esto en el marco de la investigación que se adelanta por pagos irregulares aprobados en el Acuerdo Municipal 035 de 2022.

Diario del Huila, Investigación

El Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Neiva ha tomado una decisión que impacta directamente en los pagos de prima a los funcionarios del municipio de Timaná. Esto se deriva de una medida cautelar que suspende el pago del 100% de la prima aprobado previamente en el Acuerdo Municipal 035 de 2022.

La medida, emitida en respuesta a irregularidades notorias que podrían afectar las finanzas públicas, impide que el alcalde, Marco Adrián Artunduaga, y los empleados públicos continúen recibiendo el 100% de la prima, como se había dispuesto en el acuerdo municipal.

El personero del municipio, Jan Marco Cortés Guzmán, expresó que la decisión judicial responde a la solicitud de la personería, la cual apuntaba a suspender provisionalmente el acto administrativo y corregir las modificaciones al régimen de prestaciones de los trabajadores municipales.

«La situación, por su notoria irregularidad y potencial impacto en las finanzas públicas, llevó a la personería a solicitar, sin prejuzgar, la adopción de una medida cautelar preliminar. Esta tiene como propósito suspender temporalmente el acto administrativo, de manera que mientras el juzgado dicta sentencia, no se pueda continuar con el pago de la prima como se venía efectuando. Asimismo, se busca detener cualquier otra modificación que el municipio haya realizado en el régimen de prestaciones de los trabajadores municipales», indicó el representante del Ministerio Público.

Esta determinación impacta en la próxima liquidación de la prima de Navidad, ya que se establece que el municipio deberá cumplir estrictamente con lo que dicta la ley, limitando el pago al 50% de la prima, según la normativa legal vigente.

La medida cautelar adoptada protege los recursos públicos, garantizando el cumplimiento del principio de legalidad en el municipio de Timaná. Además, se espera que esta suspensión se mantenga hasta que se emita una sentencia definitiva, lo que podría llevar varios meses.

Esta acción judicial desestima la postura del alcalde, quien sostenía la existencia de un derecho adquirido para continuar con el pago del 100% de la prima. La decisión del juzgado invalida esta perspectiva y busca asegurar el apego estricto a la normativa legal en los pagos de prestaciones a los trabajadores municipales.

La denuncia

Durante los últimos 5 años, El Municipio habría estado autorizando, a través de acuerdos aprobados por el Consejo Municipal, el pago del 100 por ciento de la prima de servicio. Este hecho quedó expuesto en la demanda presentada por el personero de Timaná, Jan Marco Cortés Guzmán, ante el Juzgado Administrativo del Circuito Judicial de Neiva.

En dicha demanda, se solicitaba la nulidad simple del Acuerdo Municipal 035 de 2022 denominado «Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos, se fija la escala de salarios y viáticos para los empleados de la Administración Municipal de Timaná Huila para la vigencia fiscal del año 2023, y se dictan otras disposiciones». El motivo de esta solicitud radica en la creencia de que dicho acto administrativo infringe el ordenamiento jurídico superior y se emitió parcialmente sin la competencia adecuada.

Según la ley colombiana, los empleados públicos tienen derecho a recibir una prima de servicio equivalente al 15 por ciento de su salario por cada año de servicio. Sin embargo, en Timaná, este derecho se había interpretado de manera irregular durante al menos cinco años, ya que a todos los empleados se les ha estado pagando el 100 por ciento de la prima, es decir, 30 días en lugar de los 15 legalmente establecidos.

Quien hizo la respectiva denuncia fue el personero de la localidad, el abogado Jan Marco Cortés Guzmán. «Cuando asumí el cargo y tuve que liquidar al ex personero, noté que anteriormente se le había estado pagando un período adicional de 30 días, lo cual no tiene fundamento legal. Actué de inmediato y presenté una demanda ante el Juzgado Primero Administrativo de Neiva. También comuniqué a la Contraloría que, al menos durante los últimos cinco años, se ha venido otorgando el 100 por ciento de esta compensación de manera indebida».

Tras la presentación del informe, el órgano de control, a través de un comunicado fechado el 14 de septiembre, anunció la apertura de un proceso de auditoría, respaldado por hallazgos que justifican la necesidad de llevar a cabo una investigación en profundidad.

«Recopilé todos los egresos y documentos de respaldo de los pagos, y cabe destacar que la Administración Municipal, bajo la dirección del alcalde Marco Adrián Artunduaga, ha realizado un estudio de rediseño institucional. Este estudio, firmado por el alcalde, especifica la necesidad de eliminar los acuerdos que autorizan el pago de las primas. Esto es particularmente relevante ya que el Consejo Municipal no posee la autoridad para modificar el régimen prestacional de los empleados públicos del municipio, una prerrogativa que recae exclusivamente en el Gobierno Nacional», indicó Cortés Guzmán.

El hecho de que el municipio haya efectuado pagos equivalentes a 30 días de salario por cada año de servicio no solo contraviene flagrantemente lo dispuesto por las normativas superiores, sino que también ha ocasionado un perjuicio patrimonial evidente debido a los pagos excesivos en beneficio de los empleados del Municipio. Estos pagos se han realizado utilizando recursos provenientes del Sistema General de Participaciones y otros recursos de esfuerzo propio con libre asignación.

¿Qué dice el alcalde?

Por su parte, el alcalde Marco Adrián Artunduaga,  en referencia a la medida cautelar emitida por el Juzgado Primero Administrativo de Neiva, declaró: «No tengo conocimiento. Si se refiere al asunto de la planta de personal, esta es una demanda interpuesta por el personero para que se declare la no obligatoriedad del pago de la prima que los funcionarios han recibido desde el año 2015. Durante aproximadamente nueve años, los empleados han estado recibiendo el 100% de la prima desde la alcaldía de Wilson Díaz Sterling. Lo que busca el personero es poner fin a este pago.

Como alcalde, continuaré efectuando este pago, ya que considero que son derechos adquiridos por los funcionarios. La única manera de detener este pago de la prima es mediante una demanda, tal como ya lo ha hecho el personero, y que un juez declare la invalidez de dicho pago. De lo contrario, seguiré efectuando el pago hasta el último día de mi mandato como alcalde».

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Written by jucebo

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