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En Calima fueron procesados ​​un concejal y un policía que exigieron dinero a una pareja para manipular un proceso legal.

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Las pruebas recabadas por la Fiscalía General permitieron judicialización del concejal de Calima (Valle del Cauca) Jairo Ortiz; y el teniente de alcalde de la Policía Nacional Héctor Fabio Díaz Benjumea, presunto responsable de exigir dinero a una mujer y un hombre para presuntamente manipular un proceso legal.

Héctor Fabio Díaz Benjumea, vicealcalde policial, y Jairo Ortiz, concejal electo del municipio de Calima, fueron alojados con medidas de seguridad en un establecimiento penitenciario.

Por estos hechos, un fiscal de la seccional Valle del Cauca Los acusó del delito de conmoción cerebral y un juez de salvaguardias le impuso orden de prisión preventiva en un centro penitenciario.

Las pruebas presentadas determinaron que los dos hombres exigieron el pago de 70 millones de pesos a las víctimas, a cambio de su ayuda para retrasar el proceso judicial en curso contra uno de los individuos. La investigación estuvo a cargo del teniente de alcalde que está siendo investigado.

El consejero aparentemente fue el encargado de localizar a la pareja e invitarlos a su casa donde, según informes, recibió un pago inicial de dos millones de pesos. Por su parte, el uniformado se encargaría de recibir el resto del dinero.

El funcionario público fue capturado por agentes del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y uniformados de la Sijín cuando se dirigía al ayuntamiento de Calima. El teniente de alcalde, por su parte, fue detenido en las instalaciones del comando policial de esta comuna.

JGPV/AICR/DSV/AMCJ/MAGA/

La información contenida en este comunicado de prensa corresponde a la narración de hechos objetivos de actualidad, proporcionada por los funcionarios encargados de realizar las investigaciones penales dentro de la Fiscalía General. Al momento de la difusión de esta comunicación, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolución por parte de la autoridad judicial competente, siempre conforme a los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política. 7 de la Ley 906 de 2004.

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Written by jucebo

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